Estatutos

Obras Misionales Pontificias

Congregación  
para la Evangelización de los Pueblos

En el 40º Aniversario del Decreto sobre la actividad misionera de la Iglesia Ad Gentes, y celebrando el 15º Aniversario de la Carta Encíclica Redemptoris Missio del Sumo Pontífice Juan Pablo II sobre la permanente validez del mandato misionero, es para mí un grato deber presentar el 

Estatuto

de las

Obras Misionales Pontificias

Tras la aprobación definitiva de los Estatutos de las Obras Misionales Pontificias (OMP), realizada por Su Santidad Juan Pablo II el 26 de junio de 1980, la siguiente puesta al día, que debería realizarse “cada cinco años”, se ha demorado cinco lustros.  

En este periodo, secundando las disposiciones del Sumo Pontífice, se realizaron diversos estudios por parte de expertos de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos (CEP) y se organizaron trabajos de algunas comisiones de misionólogos y de Directores Nacionales de las OMP.  

Fueron varios los factores que contribuyeron a alargar este periodo de puesta al día: el nuevo Código de Derecho Canónico (25 de enero de 1983); la Carta Encíclica Redemptoris Missio (7 de diciembre de 1990); la publicación de la Instrucción de la CEP Cooperatio Missionalis (1 de octubre de 1998), que ofrecía nuevas estructuras de trabajo; los acelerados cambios de las condiciones socio-políticas y religiosas en los Territorios de Misión, así como la directa implicación de las Iglesias y el laicado en el campo misionero.  

En este nuevo contexto, en permanente renovación, las OMP han visto reafirmada su posición en la Iglesia según las disposiciones del Concilio Vaticano II: «Estas Obras deben ocupar con todo derecho el primer lugar...” (AG 38), mantener la fe en el propio carisma de animación y cooperación misionera en todos los ámbitos y condiciones eclesiales: “La consigna ha de ser ésta: todas las Iglesias para la conversión de todo el mundo” (RM 84). “Por ser del Papa y del Colegio Episcopal [...], estas Obras dependen, en el ejercicio de sus actividades, de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos en el ámbito universal, y de las Conferencias Episcopales y de los Obispos de cada Iglesia particular en el ámbito local, colaborando con los centros de animación existentes: ellas llevan al mundo católico el espíritu de universalidad y de servicio a la misión, sin el cual no existe auténtica cooperación” (RM 84).  

Era por ello un deber prioritario concluir la redacción de este Estatuto: una tarea que ha durado tres años y ha conocido el arduo trabajo de los Directores Nacionales en dos Asambleas Generales Anuales (2003; 2004), así como la colaboración de Obispos y Directores Nacionales en representación de los cinco Continentes en otras tantas Asambleas especiales. Debido a la extensión final del documento, ha parecido mejor estructurarlo en dos partes: I Historia y Doctrina; II Normas.  

Tras un detenido examen y la aprobación por parte de la Plenaria de los Eminentísimos y Excelentísimos Miembros de la CEP, el texto del Estatuto, en cumplimiento del deseo de Su Santidad Juan Pablo II, ha sido firmado por mí con ocasión de la Asamblea Anual de las OMP, que excepcionalmente tuvo lugar en Lyon con ocasión de la reapertura de la renovada Casa de Pauline Marie Jaricot, el 6 de mayo de 2005.  

Que estas normas puestas al día contribuyan a dar un nuevo impulso a cuantos trabajan, con especial dedicación, a la animación y a la cooperación misionera en la Iglesia.  

Este Estatuto entrará en vigor el 26 de junio de 2005, 25º Aniversario de su aprobación definitiva por Juan Pablo II.

Sede de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos, 2 junio de 2005
        Año I del Pontificado de Su Santidad Benedicto XVI.

Cardenal Crescenzio Sepe
Prefecto          

  

Henryk Hoser SAC
            Secretario Adjunto
            Presidente Obras Misionales Pontificias  

 

 

ÍNDICE

 

I.- HISTORIA Y DOCTRINA 

Fundamentos de la misión “ad gentes”
Actualidad de  la misión “ad gentes”
De la misión de la Iglesia a la cooperación misionera de todos los bautizados
Origen de las Obras Misionales Pontificias
Las Obras Misionales Pontificias en el renovado contexto eclesial y social
Naturaleza e importancia de las Obras Misionales Pontificias
Carácter pontificio, episcopal y autónomo de las Obras Misionales Pontificias
Objetivo propio de las Obras Misionales Pontificias
Los Fondos Universales de Solidaridad
Instrumentos y medio de la cooperación misionera de las OMP

 II.- NORMAS

TÍTULO I - LAS OBRAS MISIONALES PONTIFICIAS

Capítulo 1 (Artículos 1-5)
Las Obras Misionales Pontificias

Capítulo 2 (Artículos 6-22)
Las cuatro Obras Misionales Pontificias

TITULO II - GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN

Capítulo 1 (Artículos 23-45)
Gobierno Central

Capítulo 2 (Artículos 46-49)
Reuniones regionales y continentales

Capítulo 3 (Artículos 50-60)
Direcciones Nacionales y Diocesanas

Capítulo 4 (Artículos 61-64)


Las ofrendas de los fieles a las OMP


I. HISTORIA Y DOCTRINA


Fundamento de la misión “ad gentes”

1. “La Iglesia peregrinante es, por su propia naturaleza, misionera, puesto que tiene su origen en la misión del Hijo y la misión del Espíritu Santo según el plan de Dios Padre”[1].

Así entendido, el compromiso misionero es esencial para la comunidad cristiana. A través de ese compromiso, los cristianos son formados para la misión y se confiere a cada uno la dinámica espiritual del bautismo, que les lleva a vivir en comunión en torno a Cristo y a participar de su misión[2].

La misión, en cuanto obra de Dios en la historia humana, no es un mero instrumento sino un acontecimiento que sitúa a todos a disposición del Evangelio y del Espíritu Santo.

2. La misión deberá tener siempre como fundamento, centro y vértice de toda su actividad, la inequívoca proclamación de que sólo en Jesucristo “se ofrece la salvación a todos los hombres, como don de la gracia y de la misericordia de Dios mismo”[3].

3. El compromiso misionero de la Iglesia se realiza con el testimonio de su vida, con el anuncio del Evangelio, la creación de las Iglesias locales y su tarea de inculturación, el diálogo interreligioso, la formación de las conciencias para actuar según los criterios de la doctrina social cristiana, la proximidad a los más alejados y el concreto servicio de la caridad.


Actualidad de la misión “ad gentes”

4. Reconociendo la urgencia de la misión, el Papa Juan Pablo II proclamó la actualidad de la misión “ad gentes” y señaló proféticamente los frutos: «Veo amanecer una nueva época misionera, que llegará a ser un día radiante y rica en frutos, si todos los cristianos y, en particular, los misioneros y las Iglesias jóvenes responden con generosidad y santidad a las solicitaciones y desafíos de nuestro tiempo»[4].

Los hechos confirman hasta qué punto es verdad que «la fe se fortalece dándola»[5]. «Se han multiplicado las Iglesias locales provistas de Obispo, clero y personal apostólico propios; se va logrando una inserción más profunda de las comunidades cristianas en la vida de los pueblos; la comunión entre las Iglesias lleva a un intercambio eficaz de bienes y dones espirituales; la labor evangelizadora de los laicos está cambiando la vida eclesial; las Iglesias particulares se muestran abiertas al encuentro, al diálogo y a la colaboración con los miembros de otras Iglesias cristianas y de otras religiones. Sobre todo, se está afianzando una conciencia nueva: la misión atañe a todos los cristianos, a todas las diócesis y parroquias, a las instituciones y asociaciones eclesiales»[6].

La convicción de que «la misión de la Iglesia es más amplia  que la "comunión entre las Iglesias"»[7], debe dar a dicha comunión una específica índole misionera.

5. Estos resultados positivos son mucho más valiosos porque han madurado en un contexto en el que nuevas dificultades han venido a sumarse a las antiguas: desde una más extendida mentalidad secularizada, hasta los interrogantes sobre el valor salvífico de las religiones no cristianas; desde un malentendido respeto a las conciencias que considera superflua la conversión, hasta un compromiso entendido como búsqueda exclusiva de promoción humana. La complejidad de las categorías geográficas, culturales y sociales, propia de la globalización, requiere atención a los «nuevos ambientes donde debe proclamarse el Evangelio»[8]. Así, por ejemplo, los grandes núcleos urbanos, las situaciones nuevas y crecientes de pobreza, las migraciones, los jóvenes, el mundo de la cultura y de la investigación, los medios de comunicación social y las relaciones internacionales[9].


De la misión de la Iglesia a la cooperación misionera de todos los bautizados

6. El envío de la Iglesia ad gentes implica la colaboración de todos los creyentes: «Como el Padre me envió, también yo os envío»[10]. «La participación de las comunidades eclesiales y de cada fiel en la realización de este plan divino recibe el nombre de cooperación misionera»[11].

Por esto la Iglesia contempla con satisfacción que, junto con las Congregaciones y los Institutos tradicionalmente dedicados a la misión ad gentes, estén surgiendo hoy nuevas formas de promoción de la evangelización y nuevos agentes misioneros: sacerdotes diocesanos y otros clérigos, laicos, asociaciones de voluntarios y de familias, prestaciones de servicios profesionales, fraternidades, intercambios de personas y de experiencias pastorales.

7. Todos estos nuevos sujetos han de ser apoyados y «a nadie se ha de impedir realizar este intercambio de caridad eclesial y dinamismo misionero»[12]. De lo que se trata es de ubicarlos en un marco de comunión y de fraternidad, del que es garante la Iglesia en la que trabajan o se insertan. De su comunión en la diversidad nace no sólo la mejor colaboración recíproca, sino una verdadera fraternidad eclesial, que es contenido genuino y fundamental de la misión. Pertenecen a esta nueva sensibilidad también las iniciativas encaminadas a la información sobre los problemas misioneros y las dedicadas a la formación de una más coherente mentalidad y praxis de vida de las personas y la comunidad.

8. Para favorecer, apoyar y coordinar la comunión entre todos los agentes misioneros, han surgido diversos organismos eclesiales: comisiones y secretariados promovidos por las Conferencias episcopales, instrumentos de coordinación entre  los Institutos misioneros, fundaciones científicas de estudio y profundización, organizaciones en los lugares de misión. En un contexto similar, el Concilio Vaticano II no sólo ha reconocido al Colegio Episcopal la responsabilidad de la misión universal, sino que ha confiado a la Congregación para la Evangelización de los Pueblos el cometido de «dirigir y coordinar toda la obra misional y la cooperación misionera»[13].

Para promover esta cooperación, la Congregación «se vale especialmente (praesertim) de las Obras Misionales Pontificias, es decir, de las denominadas Propagación de la Fe, San Pedro Apóstol y Santa Infancia, y también de la Pontificia Unión Misional del clero».[14] En la tarea de formación y cooperación misionera, por tanto, a las Obras Misionales Pontificias «debe reservarse con todo derecho el primer lugar»[15] y «el cometido primario»[16].


Origen de las Obras Misionales Pontificias

9. La gracia de la renovación misionera ha ayudado siempre a la Iglesia a extender los espacios de la fe y de la caridad hasta los últimos confines de la tierra. En el contexto rico de piedad del siglo XIX, la senda del anuncio encontró un nuevo impulso gracias a algunas personas que, urgidas por el amor de Cristo por la humanidad[17] y sostenidas por una fuerte espiritualidad de oración asidua, pudieron vivir la propia dedicación a la misión como un don de Dios a la Iglesia.

Es importante recordar sus nombres: Pauline Marie Jaricot (1799-1862), que está en el origen de la Obra de la Propagación de la Fe; Charles Auguste Marie de Forbin-Janson (1785-1844), Obispo de Nancy, fundador de la Obra de la Santa Infancia; Jeanne Bigard (1859-1934), que, junto con la madre Stephanie, dio vida a la Obra de San Pedro Apóstol; el Beato Padre Paolo Manna (1872-1952), misionero, fundador y animador de la Unión Misionera del Clero.

10. El origen carismático de las Obras Misionales Pontificias aparece con claridad desde los inicios, en la inspiración de sus fundadores y en la visión de fe de sus primeros colaboradores. Su presidente declaraba a los responsables de los diversos grupos misioneros reunidos en Lyon el 3 de mayo de 1822: «Somos católicos y debemos fundar una obra católica, es decir, universal. No debemos ayudar a esta o aquella misión, sino a todas las misiones del mundo»[18].

La historia de cada una de las Obras Misionales Pontificias ha confirmado sucesivamente su origen carismático. Nacidas espontáneamente en el Pueblo de Dios como iniciativas apostólicas privadas de laicos, han sabido transformar la adhesión a Cristo de los fieles en viva corresponsabilidad misionera. Surgidas y aceptadas en las diversas Iglesias, las Obras Misionales Pontificias han ido adquiriendo carácter supra-nacional y finalmente han sido reconocidas como Pontificias y puestas en relación directa con la Santa Sede.


Las Obras Misionales Pontificias en el renovado contexto eclesial y social

11. Entre los cambios que, después del Concilio Vaticano II, han llevado a las Obras Misionales Pontificias a redefinir su propio lugar, es necesario señalar el nuevo descubrimiento del protagonismo misionero de las Iglesias particulares y la entrada en acción de nuevos sujetos de la acción misionera. Además, la elaboración de un itinerario espiritual y formativo más completo de los laicos así como la insistencia en el carácter de servicio de las estructuras eclesiales han contribuido a una mejor cualificación de su propuesta.

Las Obras Misionales Pontificias están en condiciones de responder a la necesidad, advertida por todo el mundo misionero, de volver a proponer formas creíbles de animación y cooperación misionera en los nuevos escenarios madurados con la caída de las viejas ideologías y la aparición del fenómeno de la globalización[19].


Naturaleza e importancia de las Obras Misionales Pontificias

12. Las Obras Misionales Pontificias, don del Espíritu a la Iglesia y fruto del celo misionero de sus fundadores, han tratado de favorecer la participación de todos los fieles en la vida apostólica de la Iglesia.

Como instituciones eclesiales han sido confiadas a la dirección de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos, de la que dependen; ésta asegura la coordinación para una mayor eficacia y efectiva universalidad. Es necesario que las Obras Misionales Pontificias «estén presentes y actúen en todas las Iglesias particulares, tanto las de antigua fundación como las jóvenes»[20] y sean reconocidas como el organismo oficial[21] de la cooperación misionera de todas las Iglesias particulares y de todos los cristianos.

Las Obras Misionales Pontificias ocupan justamente el «primer lugar»[22] en la cooperación misionera, porque constituyen un instrumento precioso para «infundir en los católicos, desde la infancia, un espíritu verdaderamente universal y misionero, y para recoger eficazmente los subsidios en beneficio de todas las misiones y según las necesidades de cada una»[23] Las Obras Misionales Pontificias son, por tanto, propuestas a todos los cristianos como «instrumentos privilegiados del Colegio Episcopal unido al Sucesor de Pedro y responsable con él del Pueblo de Dios, Pueblo que es también, todo él, misionero»[24].

13. Cada Obra concreta el compromiso común de promover el espíritu misionero en el seno del Pueblo de Dios según el estilo propio de cada una:

La Obra Misional Pontificia de la Propagación de la Fe tiene como finalidad formar una conciencia católica en los fieles, capaz de conjugar una plena docilidad al Espíritu con el afán apostólico abierto a todo el mundo. Coopera también a la preparación de específicos animadores misioneros que trabajen en las Iglesias particulares, en orden a una adecuada participación de éstas en la misión universal. Prestará una atención particular a la formación misionera de los jóvenes así como a la dimensión misionera de la familia. Entre sus frutos más valiosos se encuentra la creación de la Jornada Mundial de las Misiones [25], propuesta por la Sagrada Congregación de Ritos el 14 de abril de 1926 y fijada para el penúltimo domingo del mes de octubre.

La Obra Misional Pontificia de San Pedro Apóstol tiene como objetivo prioritario mantener la importancia de la apostolicidad en la misión y la necesidad de que cada Iglesia particular pueda formar, en su propio contexto espiritual y cultural, el personal religioso propio y, en concreto, a los ministros ordenados. Su campo de actuación no reside exclusivamente en el sostenimiento económico, sino que se enraíza en la oración y en la vida inspirada por la fe.

La Obra Misional Pontificia de la Santa Infancia o Infancia Misionera debe su nombre al deseo de ponerla bajo la protección de Jesús Niño. Con el convencimiento de que los niños pueden ser una fuerza espiritual y social para una verdadera transformación del mundo, intenta suscitar un movimiento de niños cristianos dedicados a ayudar a otros niños. Mantiene su genuino carácter misionero e incluye también un compromiso en la denuncia y condena de las causas de las múltiples violencias sufridas por los niños en el mundo, aportando concretas iniciativas de ayuda. Este compromiso es tanto más eficaz cuanto más estrechamente esté unido en la apertura a las Iglesias locales y en sintonía con las familias, las parroquias y las escuelas.

La Pontificia Unión Misional, anticipando y preparando la posterior enseñanza del Magisterio sobre la dimensión misionera universal de la vida de los presbíteros[26], se propone despertar el celo apostólico entre sus miembros y, a través de ellos, en todo el pueblo cristiano. Coopera en el incremento de las vocaciones misioneras y en una mejor distribución del clero, dando valor efectivo a la cooperación entre las Iglesias. Trabaja para que el Pueblo de Dios adquiera mayor conciencia del compromiso misionero, y es energía espiritual encaminada a la conversión del mundo.

14. Ya desde los comienzos, reconociendo que la responsabilidad de la misión universal incumbe a toda persona bautizada, los laicos han desempeñado un papel importante en la actividad y en la dirección de las Obras Misionales Pontificias. La exigencia de la misión invita a relanzar y valorar su participación en este campo, tanto en el ámbito  diocesano,  nacional e internacional.


Carácter pontificio, episcopal y autónomo de las Obras Misionales Pontificias

15. Las Obras Misionales, una vez que arraigaron con solidez y adquirieron carácter universal, fueron reconocidas como Pontificias. Este reconocimiento fue dado a las tres primeras -Propagación de la Fe, San Pedro Apóstol, Santa Infancia- por Pío XI el 3 de mayo de 1922, mediante el Motu Proprio Romanorum Pontificum. La Unión Misional del Clero, a su vez, se convierte en Pontificia mediante Decreto de Pío XII el 28 de octubre de 1956. El título de Pontificias, aval de plena eclesialidad, garantiza mejor su universalidad y aporta una más coherente estructura organizativa.

16. De manera especial, las Obras Misionales Pontificias están a disposición del Romano Pontífice, Cabeza del Colegio Episcopal y principio y signo de la unidad y universalidad de la Iglesia. Por razón de su ministerio, el Pastor Supremo es quien mejor conoce y siente la urgencia y las necesidades de todas y cada una de las Iglesias. A él le corresponde urgir a los demás Pastores su responsabilidad misionera universal e invitarles a participar al unísono con él en el esfuerzo común para la evangelización del mundo[27]. Confiadas por el Papa a la Congregación para la Evangelización de los Pueblos[28], las Obras siguen sus indicaciones y, según los diferentes niveles de responsabilidad, desarrollan una programación y una colaboración que miran al ministerio de la evangelización universal.

17. «Aun siendo del Papa, las Obras Misionales son también de todo el Episcopado y de todo el Pueblo de Dios»[29]. Por eso las Obras Pontificias son y permanecen también como Obras Episcopales, enraizadas en la vida de las Iglesias particulares[30]. Sin perjuicio de su carácter pontificio y con pleno respeto a su Estatuto, las Obras Misionales Pontificias son promovidas por los Obispos a nivel diocesano y nacional, y dependen legítimamente también de ellos en el ámbito de su propia competencia.

El carácter episcopal de su servicio eclesial confiere a las Obras una razón añadida para su servicio en beneficio de las misiones. Para cada Diócesis, en efecto, constituyen el instrumento específico, privilegiado y principal para la educación en el espíritu misionero universal, para la comunión y la colaboración entre las Iglesias en el servicio al anuncio del Evangelio.

18. Históricamente, las Obras surgieron de iniciativas debidas al celo apostólico de laicos y sacerdotes intensamente enamorados de las misiones. El reconocimiento de su carácter pontificio y episcopal no elimina su autonomía, sino que la acrece, la hace más fuerte y es garante de su ejercicio. La autonomía de las Obras Misionales Pontificias reside en mantener su identidad y su razón de ser[31].


Objetivo propio de las Obras Misionales Pontificias

19. Entre las diversas formas de servicio a las misiones, las Obras Misionales Pontificias han tenido siempre como objetivo principal la ayuda a la evangelización propiamente dicha.

Sin excluir la ayuda en los ámbitos de la promoción humana y del desarrollo y colaborando con las instituciones y asociaciones católicas de asistencia social y sanitaria, las Obras tienen claro que «el mejor servicio al hermano es la evangelización, que lo dispone a realizarse como hijo de Dios, lo libera de las injusticias y lo promueve integralmente»[32].

Mediante un fondo de solidaridad (cfr art. 61), las Obras Misionales Pontificias apoyan de modo prioritario a las Iglesias que atraviesan por situaciones difíciles y de mayor necesidad, ayudándoles, con el respeto debido, a hacer frente a sus fundamentales necesidades pastorales y misioneras, con vistas a su progresiva autonomía, y para ponerlas en condiciones de corresponder, a su vez, a las necesidades de otras Iglesias[33].


Los Fondos Universales de Solidaridad

20. La común solicitud por las necesidades misioneras de toda la Iglesia y de cada Iglesia particular, ha hecho de las Obras Misionales Pontificias expresión de comunión y de solidaridad universal. En su tarea de sensibilización, no es menor su cometido de explicar a los fieles y pastores la prioridad del carácter universal de la cooperación misionera, colaborando con los Obispos a que las iniciativas particulares no dañen el compromiso común en apoyar la evangelización de los pueblos.

Para ello, las primeras tres Obras —Propagación de la Fe, San Pedro Apóstol, Santa Infancia— dan vida cada una de ellas a un propio fondo de solidaridad, que pueda sostener los programas de asistencia universal, evitando particularismos y discriminaciones. El más importante de éstos es el fondo universal de solidaridad (cfr Art. 10), promovido y atendido por la Obra de la Propagación de la Fe, que gestiona las colectas realizadas, especialmente en la Jornada  Mundial de Misiones, en beneficio de todas las iniciativas de cooperación misionera.

Las Obras Misionales Pontificias programan anualmente esta ayuda recíproca y fraterna, teniendo en cuenta las necesidades de todas las Iglesias, las prioridades emergentes, las directrices de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos y las eventuales indicaciones de las Conferencias Episcopales interesadas.

Las Direcciones Nacionales concurren a la formación y el reparto de estos Fondos en conformidad con las leyes civiles de los Países de procedencia.

 


Instrumentos y medios de la cooperación misionera de las Obras Misionales Pontificias

21. Fundamentada en la vida cristiana y eclesial, la cooperación misionera promovida desde las Obras Misionales Pontificias no mira sólo a algunos momentos puntuales sino a la entera vida personal y comunitaria del cristiano. Los fieles pueden implicarse de dos modos: adhiriéndose a las propuestas específicas de vida asociativa ofrecidas por cada una de las Obras, o participando en las iniciativas de promoción y ayuda propias de la cooperación misionera universal.

En todo caso, es fundamento necesario de esta cooperación misionera una profunda e intensa tarea de animación y formación, indispensable para que todos los fieles tengan viva conciencia de su responsabilidad ante el mundo, fomenten en sí mismos un espíritu verdaderamente católico y dediquen sus energías a la obra de la evangelización[34].

22. La cooperación misionera encuentra además en las Obras Misionales Pontificias una sólida instancia organizativa, con capacidad para apoyar la actividad personal y comunitaria con itinerarios formativos de conocimiento, celebración y solidaridad, suscitando la profundización en caminos vocacionales[35] e invitando a compartir los carismas propios de la Iglesia y de los cristianos.

Para alcanzar estos fines, las Obras Misionales Pontificias informan sobre la vida y las necesidades de la misión universal, estimulan la recíproca oración de las Iglesia particulares y se dedican a favorecer el mutuo intercambio de personas y de medios materiales.

A las diversas iniciativas que las Obras Misionales Pontificias han impulsado a lo largo de su historia, se añaden constantemente otras laudables formas de animación, formación y cooperación, siguiendo las inspiraciones del Espíritu y las exigencias de las nuevas situaciones de misión[36].

 
II. NORMAS


TÍTULO I  - LAS OBRAS MISIONALES PONTIFICIAS

«Estas Obras, por ser del Papa y del Colegio Episcopal, incluso en el ámbito de las Iglesias particulares, “deben ocupar con todo derecho el primer lugar, pues son medios para difundir entre los católicos, desde la infancia, el sentido verdaderamente universal y misionero, y para estimular la recogida eficaz de subsidios en favor de todas las misiones, según las necesidades de cada una (AG 38)”»[37]


Capítulo 1:  LAS OBRAS MISIONALES PONTIFICIAS

Art. 1. Las Obras Misionales Pontificas son:

- Obra Misional Pontificia de la Propagación de la Fe (POPF);
- Obra Misional Pontificia de San Pedro Apóstol (POSPA);
- Obra Misional Pontificia de la Santa Infancia o Infancia Misionera (POSI);
- Pontificia Unión Misional (PUM).

Nacidas en diferentes épocas, por iniciativa de un propio fundador y/o fundadora, y habiéndose desarrollado como entidades distintas y autónomas, las cuatro Obras constituyen en la actualidad una única institución, que depende de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos (CEP)[38]. Esto es así para que su especificidad y diferenciación resulten ventajosas para el desarrollo de cada una de las Obras, pero a la vez para que quede asegurada una única organización a favor de la cooperación misionera universal, en el contexto de la actividad desempeñada por la CEP[39].

Art. 2. «A cada una de las Obras corresponde por derecho propio una justa autonomía, reconocida por la autoridad competente e indicada en sus Estatutos»[40].

Las Obras Misionales Pontificias se articulan en estructuras organizativas de carácter central, nacional y diocesano.

Art. 3. Desde su mismo nacimiento, los laicos han tenido un papel importante en la actividad y en la dirección de las Obras Misionales Pontificias. De hecho la cooperación a la misión universal de la Iglesia es un derecho-deber de todos los bautizados[41]. Todos los miembros del Pueblo de Dios, «tanto personal como asociadamente»[42], son por tanto llamados a participar en ella[43].

Art. 4. Las cuatro Obras Misionales Pontificias participan igualmente del fin primario y principal de promover el espíritu de misión universal en el seno del Pueblo de Dios, de tal modo que su testimonio misionero se exprese mediante una cooperación espiritual y material a la obra de la evangelización.

Art. 5. Las Obras Misionales Pontificias, nacidas de particulares iniciativas carismáticas puestas en marcha por laicos, sacerdotes y obispos, se desarrollaron con el apoyo de la Santa Sede que, posteriormente, las transformó en organizaciones Pontificias, con el fin de asegurarles mayor eficacia y un carácter universal[44].


Capítulo 2: LAS CUATRO OBRAS MISIONALES PONTIFICIAS

La Obra Misional Pontificia de la Propagación de la Fe

Art. 6. La POPF, sabedora de que la evangelización es ante todo una acción del Espíritu Santo, suscita en los fieles, en primer lugar, la oración y el sacrificio por las misiones[45]. Tiene los siguientes objetivos:

a) formar a todo el pueblo de Dios para que tome conciencia de su vocación misionera universal[46];

b) informar a los cristianos acerca de la vida y las necesidades de la Iglesia en Territorios de Misión, mediante el intercambio de información, la participación de los valores espirituales, los testimonios de solidaridad en tiempos de prueba y el apoyo moral y material en la adversidad[47];

c) incrementar entre las Iglesias particulares la ayuda, tanto espiritual como material, con particular atención al intercambio de personal apostólico para la evangelización del mundo[48];

d) promover las vocaciones misioneras ad gentes, especialmente las vocaciones «de por vida»[49];

e) favorecer, especialmente en los jóvenes, la educación en la justicia a través de la información y el conocimiento de la doctrina social de la Iglesia, a fin de estimularles a la ayuda, y llevar a cabo una sensibilización misionera que los lleve al ofrecimiento de sí mismos a las misiones[50]: para ello la POPF dispone de un «servicio misionero para los jóvenes»;

f) promover la solidaridad económica apelando a la generosidad de los cristianos del mundo entero, con el fin de elaborar un programa de justicia social y de asistencia para subvenir, de manera regular, a las necesidades esenciales de toda la Iglesia en Territorios de Misión[51].

Art. 7. La POPF despliega su actividad a lo largo de todo el año, pero con mayor intensidad durante el mes de octubre. Éste debe ser considerado en todos los países como el Mes Mundial de las Misiones, del que el penúltimo domingo, denominado Jornada Mundial de las Misiones, es su momento culminante. Este día será celebrado en todas las Iglesias particulares como la fiesta de la catolicidad y de la solidaridad universal[52]. En este día los cristianos de todo el mundo tomarán conciencia de su común responsabilidad en la evangelización del mundo[53].

Art. 8. Para que el mes de octubre brinde a los cristianos la ocasión de dar una dimensión universal a su cooperación misionera, y “para aumentar el espíritu misional en el pueblo cristiano, foméntense las oraciones y los sacrificios diarios, de suerte que la celebración anual de la Jornada Mundial de las Misiones venga a ser exponente espontáneo de ese espíritu (AG 36). Se invita a los Obispos a que pidan a los responsables de las obras católicas y a todos los fieles que renuncien, en este período, a las colectas de carácter particular. Los Obispos y las Conferencias Episcopales redactarán diferentes preces por las misiones para incluirlas en la oración de los fieles en la Misa”[54]. Deberán también disponer las cosas para garantizar que la colecta de la Jornada Mundial de las Misiones se destine exclusivamente a los objetivos del Fondo Universal de Solidaridad (cfr Art. 10) y animar encarecidamente a los sacerdotes y a los fieles laicos que lo cumplan en este sentido.

Art. 9. A fin de asegurar el pleno desarrollo de la POPF, los responsables buscarán el apoyo de numerosos colaboradores y colaboradoras, especialmente de las asociaciones y movimientos parroquiales o provenientes de otras organizaciones, y les proporcionarán la necesaria formación. La POPF, como es propio de la naturaleza de todas las Obras Misionales Pontificias, apela a la colaboración de todos; sus miembros deben ser también promotores del espíritu misionero universal en el propio ambiente. Los responsables de la POPF, teniendo en cuenta la realidad eclesial local, podrán valorar la oportunidad de establecerla, como en el pasado, como una Asociación con miembros afiliados.

Art. 10. Todas las ofrendas obtenidas por la POPF constituyen el Fondo Universal de Solidaridad de la Obra de la Propagación de la Fe.

La Obra Misional Pontificia de San Pedro Apóstol

Art. 11. La POSPA fue fundada con los siguientes objetivos:

a) utilizar los recursos espirituales, especialmente la oración y el sacrificio, para obtener del «Dueño de la mies que envíe operarios a su mies»[55];

b) sensibilizar al pueblo cristiano acerca de la necesidad del incremento de las vocaciones y de la importancia de la formación del clero local en las Iglesias de los Territorios de Misión, para poder después enviarlos a colaborar en otras Iglesias hermanas[56];

c) contribuir a la promoción del clero en las Iglesias de los Territorios de Misión, sirviéndose incluso de los fondos obtenidos para la creación de becas de estudios, ayudas para pensiones, cuotas y otras donaciones, haciendo así viable la erección y desarrollo de numerosos seminarios mayores, propedéuticos y menores, tanto diocesanos como interdiocesanos;

d) ayudar en la formación de aspirantes a la vida consagrada en las Iglesias de los Territorios de Misión.

Art. 12. Todas las ofrendas obtenidas por la POSPA constituyen el Fondo Universal de Solidaridad de la Obra de San Pedro Apóstol.

La Obra Misional Pontificia de la Santa Infancia o Infancia Misionera

Art. 13. La POSI presta su servicio a las Iglesias particulares con los siguientes objetivos:

a) ayudar a los educadores a despertar y desarrollar progresivamente en los niños y adolescentes una conciencia misionera universal, y conducirlos hacia una comunión espiritual e intercambio material de sus recursos con los coetáneos de otras Iglesias, especialmente aquellos con  más necesidades. Todos tienen algo que dar y algo que recibir y el lema para ellos es: “los niños ayudan a los niños”[57];

b) contribuir a la promoción y florecimiento de vocaciones misioneras;

c) preparar animadores misioneros que acompañen a los niños en su camino hacia una conciencia misionera más madura. Esto se realiza a través de su directa implicación y en las formas que esa tarea adopte en los diversos países, de modo que los niños se conviertan en los pequeños protagonistas de las misiones. A este fin se deben establecer estructuras locales y regionales y llevar a cabo actividades adecuadas a dicha implicación.

Art. 14. Puesto que la POSI tiene un cometido principalmente educativo, debe tener en cuenta en sus métodos de formación misionera y en sus llamamientos a la generosidad los principios pedagógicos más idóneos para despertar la conciencia misionera de los niños. La acción educativa debe adaptarse a su edad, a su mentalidad, a su ambiente y a su capacidad. Bien sea utilizando medios propios, bien sirviéndose de las estructuras ya existentes en la catequesis, la POSI ha de integrarse siempre en la pastoral de conjunto para la educación cristiana, a la cual aporta la dimensión misionera.

Art. 15. La POSI organiza cada año una Jornada Mundial, durante la cual atrae la atención de los niños hacia las necesidades espirituales y materiales de los más pequeños de todo el mundo. Los niños son animados a ofrecer a los otros niños del mundo su ayuda en forma de oración, de sacrificios, de donativos, estimulándoles a descubrir en ellos el rostro mismo de Jesús. Al llamar su atención sobre las necesidades de los niños pobres de bienes materiales, no se debe dejar de poner de manifiesto la riqueza de sus valores espirituales. Abriéndose unos a otros, los niños aprenden a conocerse y a quererse como hermanos y de este modo se enriquecen mutuamente.

Art. 16. Puesto que la educación de los niños debe impartirse con métodos adecuados a ellos, es necesario que los responsables de la POSI, tanto en el ámbito nacional como diocesano, tengan la necesaria competencia teológica y catequética.

Art. 17. La edad de los niños y de los adolescentes a los que se dirige la POSI la establece el Consejo Nacional, con la conformidad de la Conferencia Episcopal y siguiendo las directrices del Consejo Superior.

Art. 18. Las cuotas y donativos de los niños de los diversos Continentes, constituyen el Fondo Universal de Solidaridad de la Santa Infancia para ayudar a las instituciones y actividades en favor de los niños en Territorios de Misión.

La Pontificia Unión Misional

Art. 19. La Iglesia es «por su propia naturaleza misionera»[58]: el cometido de la PUM es hacer actual y operativa esta realidad, especialmente entre las personas llamadas por vocación al servicio de la Iglesia en los ministerios ordenados y en la consagración religiosa y laical así como entre los misioneros laicos directamente comprometidos en la misión universal[59].

Art. 20. La finalidad de la PUM es la formación e información misionera de los sacerdotes, de los miembros de los Institutos de vida consagrada y Sociedades de vida apostólica, de los laicos consagrados, de los seminaristas y aspirantes a la vida religiosa en todas sus formas, así como de todos los que de algún modo están implicados en el ministerio pastoral de la Iglesia. La Unión se dirige a todos los que son llamados a trabajar para que el Pueblo de Dios esté impregnado de espíritu misionero y de fuerte sensibilidad hacia la cooperación misionera. De la vitalidad de la PUM depende en gran parte el buen resultado de las otras Obras Misionales Pontificias: es como «el alma de las demás Obras Misionales Pontificias»[60].

Art. 21. Para lograr la formación y sensibilización misionera, la PUM se sirve de métodos adecuados, bien con medios propios, bien recurriendo a los seminarios menores y mayores, a las instituciones ya existentes y a las iniciativas ya en marcha, que tienen como finalidad la formación primaria y permanente del clero y de los religiosos. La PUM les ayudará a tomar conciencia de su responsabilidad respecto a la misión universal de la Iglesia. Esta es justamente su razón de ser: que profundicen en el conocimiento de la misión y que potencien su sensibilidad misionera de modo que, también en las comunidades que les están encomendadas, promuevan una conciencia misionera y un compromiso eficaz en favor de la misión universal de la Iglesia. La propia PUM les estimulará a encontrar los métodos pastorales más en consonancia con esta finalidad y tratará de mantener viva su labor apostólica. Para ello se favorecerán también los intercambios fraternos y los testimonios de solidaridad entre todos los que trabajan en el apostolado al servicio de la Iglesia en los diferentes Continentes.

Art. 22. Es conveniente que en el seno de cada Dirección Nacional haya un responsable de la PUM con el cometido específico de la animación espiritual misionera. En cada Diócesis, este cometido puede ser asumido también por el propio Director diocesano de las Obras Misionales Pontificias[61].



TÍTULO II: GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN


Capítulo 1:  GOBIERNO CENTRAL

Art. 23. El mandato de anunciar el Evangelio en todo el mundo pertenece  a toda la Iglesia y a sus Pastores[62]. En la Iglesia universal, esta función está encomendada principalmente al Romano Pontífice y al Colegio Episcopal[63]; en la Iglesia particular, es deber del Obispo, moderador de todo el ministerio de la palabra[64].

Art. 24. El Romano Pontífice ejerce su autoridad sobre las Obras Misionales Pontificias a través de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos, a la que compete «dirigir y coordinar, en todas partes, la propia obra misional y la cooperación misionera, salvado, sin embargo, el derecho de las Iglesias Orientales»[65].

Art. 25. La Congregación, «a fin de promover la cooperación misionera, también mediante la eficaz colecta y la distribución equitativa de ayudas económicas, se vale especialmente de las Obras Misionales Pontificias, es decir, de las denominadas Propagación de la Fe, San Pedro Apóstol y Santa Infancia, y también de la Pontificia Unión Misional del Clero»[66].

Art. 26. Las Obras Misionales Pontificias en el ámbito diocesano dependen del Obispo; en el ámbito nacional dependen también de la Conferencia Episcopal, a tenor del derecho; en el ámbito internacional dependen, a su vez, de los Organismos Episcopales regionales y continentales a tenor del derecho[67]. Las Obras Misionales Pontificias serán impulsadas por estas instituciones, teniendo siempre en cuenta su carácter pontificio y universal[68].

Art. 27. La corresponsabilidad de los Obispos en el gobierno de las Obras Misionales Pontificias asume diversas formas en función de su participación en la dirección central, nacional o diocesana, siempre respetando este Estatuto.

Art. 28. Aunque dependientes de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos y de los Obispos, las Obras Misionales Pontificias conservan su autonomía y se rigen por su propio Estatuto.

Comité Supremo

Art. 29. El Comité Supremo de las Obras Misionales Pontificias tiene la función de «velar para que cada una de las Obras Misionales Pontificias se desarrolle regular y eficazmente en su propio ámbito, y dirime las cuestiones que eventualmente surjan entre ellas»[69].

Art. 30. El Comité Supremo está integrado por los siguientes miembros:

a) el Cardenal Prefecto de la CEP, que es su Presidente;

b) el Secretario de la CEP, que es su Vicepresidente;

c) El Presidente de las Obras Misionales Pontificias;

d) cinco Obispos, elegidos ad quinquennium por la CEP, uno por Continente;

e) el Secretario General de cada una de las cuatro Obras Misionales Pontificias;

f) cinco Directores nacionales de las Obras Misionales Pontificias, uno por cada uno de los Continentes, elegidos por los miembros del Consejo Superior ad quinquennium y renovables una sola vez.

Art. 31. Las funciones del Comité Supremo son:

a) asegurar la unidad y la actuación concorde de las Obras Misionales Pontificias y la CEP;

b) alentar y sugerir las directrices pastorales y económicas generales, a tenor de las necesidades concretas y de común acuerdo con el Consejo Superior;

c) aprobar los balances de las Obras Misionales Pontificias, revisados y acompañados por la relación de un Revisor Público de Cuentas;

d) aprobar los Reglamentos internos de las Obras Misionales Pontificias;

e) nombrar ad quinquennium, a propuesta del Presidente, un Encargado de la Administración.

Art. 32. El Comité Supremo se reúne una vez al año. Pero el Presidente puede convocarlo siempre que lo estime necesario.

El Secretario del Comité, nombrado por el Presidente ad quinquennium, desempeña la función de Actuario.

Consejo Superior

Art. 33. El Consejo Superior gobierna la actividad de las cuatro Obras. Tiene su sede en Roma, en la Sagrada Congregación para la Evangelización de los Pueblos. Su Presidente es el Secretario Adjunto de la Congregación, o, en su defecto, el Secretario de la misma.

Art. 34. El Consejo Superior de las Obras Misionales Pontificias está integrado por los siguientes miembros:

a) el Presidente;

b) los Secretarios Generales de las cuatro Obras Misionales Pontificias;

c) los Subsecretarios de la Sección de Relaciones con los Estados de la Secretaría de Estado, de la Congregación para los Obispos y de la Congregación para las Iglesias Orientales;

d) los Directores nacionales de las Obras Misionales Pontificias.

Art. 35. Corresponde al Consejo Superior:

a) estudiar la actividad y los métodos de animación y de recaudación de fondos de las Obras Misionales Pontificias en los diferentes Países, sugiriendo nuevas iniciativas de acuerdo con los programas pastorales de las Conferencias Episcopales: a tal fin se organizarán específicas sesiones pastorales;

b) decidir sobre la distribución equitativa de los fondos recogidos por las Direcciones Nacionales, según un programa de financiación de proyectos preparado por el Comité Ejecutivo (cfr art. 40 e);

c) decidir las prioridades que han de observarse en la distribución de los fondos;

d) establecer las normas relativas a la concesión de ayudas, inspirándose en las orientaciones generales fijadas por la CEP[70]. Un reparto equitativo —a cada uno según sus propias necesidades— y eficaz, concebido según una pastoral misionera bien pensada, presupone una precisa información y examen de los dictámenes presentados por las Conferencias Episcopales interesadas y por los peritos en la materia;

e) examinar los presupuestos y resultados de cada una de las Obras Misionales Pontificias preparados por los Secretarios Generales, y deliberar al respecto;

f) elegir un Revisor Público de Cuentas que controle todos los balances de las Obras Misionales Pontificias y proponerlo, para aprobación, al Cardenal Prefecto de la CEP;

g) resolver eventuales problemas de organización de las Obras Misionales Pontificias;

h) establecer, con el consentimiento del Presidente, especiales «Comisiones ad hoc» para estudiar cuestiones concretas y presentar propuestas al Consejo Superior;

i) proponer al Comité Ejecutivo iniciativas útiles para alentar reuniones de ámbito internacional y regional organizadas por los Directores Nacionales o por los Secretarios Generales, previa comunicación al Presidente y a las Conferencias Episcopales interesadas; (cfr. Art.49);

j) fijar las fechas y duración de la Asamblea General de mayo y, si es necesario, también de la Asamblea Especial de noviembre, señalando los temas a tratar;

k) encargarse de la elaboración y puesta al día de un propio Reglamento Interno (cfr arts 35 y 31 d);

l) preparar y poner al día un Manual operativo;

m) establecer el importe económico que los Secretarios Generales pueden detraer del presupuesto de la propia Obra Misional Pontificia para atender solicitudes de ayuda en caso de emergencias particulares. Estos fondos deberán ser distribuidos según proyectos bien definidos y se incorporarán a la contabilidad del ejercicio siguiente.

Art. 36. La fisonomía universal y comunitaria del Consejo Superior se pone de relieve a través del Presidente, que representa a la CEP, y de los Directores Nacionales, que provienen de la Iglesia en sus respectivos Países, pero cuya principal preocupación debe ser el bien común de la misión universal. Deben, ante todo, considerarse como trabajadores de un servicio en favor de la comunión entre las Iglesias.

Asambleas

Art. 37. El Consejo Superior se reúne en Asamblea General Ordinaria una vez al año, normalmente en el mes de mayo. La Asamblea es convocada, presidida y moderada por el Presidente de las Obras Misionales Pontificias. Todos los miembros del Consejo Superior tienen la obligación de participar en la Asamblea General Ordinaria. La Asamblea se desarrolla en dos partes, una pastoral y otra administrativa. La primera se dedica principalmente al estudio de los temas de misionología, pastorales y organizativos indicados y aprobados en la anterior Asamblea General. La segunda se dedica a la valoración de las propuestas de los Secretarios Generales para la asignación de ayudas.

En la primera parte pueden estar presentes peritos. La participación en la segunda está reservada a los miembros del Consejo Superior. Sólo cuando se trate de la actividad del Secretariado General de una Obra concreta, pueden estar también presentes, en calidad de expertos, quienes hayan estudiado y presentado los proyectos que vayan a examinarse.

El Cardenal Prefecto de la CEP tiene la facultad de nombrar a algunas personas que pueden participar también en la segunda parte de la Asamblea.

Art. 38. El Presidente de las Obras Misionales Pontificias tiene la facultad de convocar, cuando lo estime necesario y de acuerdo con el Presidente del Comité Supremo, una Asamblea Especial en noviembre. La fecha y la duración de esta Asamblea Especial serán decididas por la Asamblea General Ordinaria, a propuesta de su Presidente y oídos los Secretarios Generales. La Asamblea Especial es dirigida por el Presidente de las Obras Misionales Pontificias y participan en ella los cuatro Secretarios junto con los representantes de los Directores Nacionales, elegidos por los miembros del Consejo Superior según una cuota por Continente establecida por el mismo Consejo Superior.

Art. 39. El Cardenal Prefecto de la CEP puede estar presente, si lo desea, en los trabajos de las dos Asambleas, en la forma y modo que considere oportuno.

Comité Ejecutivo

Art. 40. Dentro del Consejo Superior se constituye un Comité Ejecutivo, presidido por el Presidente de las Obras Misionales Pontificias e integrado por los cuatro Secretarios Generales. Se reúne al menos una vez cada dos meses, actúa a tenor de un Reglamento interno propio y tiene los siguientes cometidos:

a) asegurar la ejecución de las directrices generales dadas por el Comité Supremo y por el Consejo Superior;

b) organizar todas las Asambleas de las Obras Misionales Pontificias y otras iniciativas análogas;

c) procurar que las Direcciones Nacionales de las Obras Misionales Pontificias sean organizadas de modo funcional, según el espíritu y normas del Estatuto;

d) estudiar y dar respuesta a las peticiones urgentes de ayuda, dentro de los límites establecidos por el Consejo Superior;

e) coordinar la preparación de las propuestas para la distribución de las ayudas anuales;

f) valorar con el Encargado de la Administración los problemas de gestión económica general y de las cuatro Obras en particular.

El Encargado está al servicio del Comité Ejecutivo al cual debe rendir cuentas de su propia actividad y con el cual ha de examinar todos los problemas que se refieren a la administración y a la dirección del personal de las Obras Misionales Pontificias.

Presidente de las Obras Misionales Pontificias

Art. 41. El Presidente de las Obras Misionales Pontificias es el Secretario Adjunto de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos, o, en su defecto, el Secretario de dicha Congregación.

El Presidente es nombrado por el Romano Pontífice.

Art. 42. Corresponde al Presidente:

a) representar a las Obras Misionales Pontificias ante la CEP;

b) presidir las Asambleas de las Obras Misionales Pontificias;

c) coordinar los trabajos de los cuatro Secretarios Generales;

d) representar a las Obras Misionales Pontificias en Asambleas o encuentros oficiales;

e) ayudar a las Direcciones Nacionales, incluso visitándolas;

f) cuidar el buen funcionamiento y la ordenada y transparente gestión económica de los cuatro Secretariados Generales.

Secretarios Generales

Art. 43. Cada Obra tiene su propio Secretariado Internacional, dirigido por un Secretario General nombrado ad quinquennium por la CEP, previa consulta con los miembros del Consejo Superior. Su mandato es ordinariamente renovable sólo por otro quinquenio.

Art. 44. El Secretario General tiene las siguientes funciones:

a) cuidar del buen funcionamiento del Secretariado;

b) colaborar con los otros Secretarios Generales siguiendo las instrucciones del Presidente;

c) presentar cada año las propuestas de ayuda, tanto ordinarias como extraordinarias, para los diversos proyectos que se han de someter al Consejo Superior para su aprobación;

d) preparar anualmente para el Consejo Superior una relación general de las actividades del propio Secretariado, junto con un informe detallado de los fondos recibidos y de las ayudas asignadas.

Art. 45. Todas las estructuras de las Obras Misionales Pontificias deben tener su propio Reglamento Interno aprobado por la autoridad competente según la legislación canónica vigente y este Estatuto.


Capítulo 2:  REUNIONES REGIONALES Y CONTINENTALES

Art. 46. El carácter episcopal de las Obras Misionales Pontificias exige una honda convergencia y una estrecha colaboración con las Diócesis y las Conferencias Episcopales de los diversos países[71].

La Iglesia reconoce también la validez y la utilidad de las reuniones de las Conferencias Episcopales y sus asambleas tanto a nivel regional como continental[72]. Por ello las Obras Misionales Pontificias no sólo se esfuerzan «para dar respuestas satisfactorias a una realidad misionera que cambia constantemente y requiere nuevas formas de intervención»[73], sino que coordinan sus propias actuaciones de animación y cooperación misionera en el contexto más amplio de los nuevos organismos supra-nacionales, como pueden ser las asambleas de Conferencias Episcopales de ámbito regional como continental[74]. De hecho, «El Concilio Vaticano II ha querido renovar la vida y la actividad de la Iglesia según las necesidades del mundo contemporáneo»[75], y a estas necesidades se han adecuado también los diversos Sínodos de Obispos ordinarios y de ámbito continental.

Art. 47. En el nuevo contexto mundial, la comunión entre las Iglesias «se vive en una perspectiva de reciprocidad y, concretamente, con un espíritu misionero específico. A nadie se ha de impedir realizar este intercambio de caridad eclesial y dinamismo misionero. De hecho, su realización es una característica esencial de la comunión eclesial, pues debe implicar a todos y llegar a cada hombre en su ámbito de vida. Hoy también se debe poder decir de las comunidades cristianas, comprometidas en la misión universal, que actúan con “un solo corazón y una sola alma” (Hech 4,32)»[76].

Art. 48. El Consejo Superior favorecerá, por tanto, los contactos y la colaboración entre las Direcciones Nacionales. Algún tipo de encuentros internacionales, tanto de ámbito regional como continental, depararán a los responsables nacionales la ocasión para el intercambio de opiniones, de informaciones y de experiencias. Esto constituirá una fuente de enriquecimiento para todos y permitirá a cada uno revisar y renovar, si fuese necesario, sus puntos de vista, sus programas y sus métodos de trabajo.

Art. 49. Las reuniones regionales o continentales de las Obras Misionales Pontificias pueden ser organizadas por los Directores Nacionales interesados y también por el Secretario General de cada Obra, previa comunicación al Presidente de las Obras Misionales Pontificias y al Prefecto de la CEP. Estas reuniones deberán ser notificadas también a las Conferencias Episcopales de la región o del continente en el que se llevan a cabo. Uno de los Directores Nacionales puede ser elegido como Coordinador continental o regional para un periodo de tres años, con el cometido de programar la actividad supra-nacional de las Obras Misionales Pontificias.


Capítulo 3:
DIRECCIONES NACIONALES Y DIOCESANAS

Art. 50. Por su naturaleza y su importancia, las Obras Misionales Pontificias deben estar presentes y operativas en cada Iglesia particular, tanto antigua como nueva. De este modo, el compromiso con la cooperación misionera incrementará su conciencia misionera en la Iglesia[77].

Art. 51. De ordinario, en cada nación habrá un solo Director Nacional para las cuatro Obras Misionales Pontificias, si existen, o para los cuatro cometidos que en ellas se proponen. En algunos casos a un mismo Director se le pueden encomendar varias naciones. El Director Nacional es el representante oficial de las Obras Misionales Pontificias ante la Conferencia Episcopal del territorio[78].

Art. 52. «El nombramiento del Director Nacional corresponde a la Congregación para la Evangelización de los Pueblos, previa presentación, preferiblemente, de una terna de candidatos por parte de la Conferencia Episcopal, a través de la Representación Pontificia»[79]. El Director nacional es elegido ad quinquennium. Su mandato es renovable normalmente sólo por un segundo quinquenio. El nuevo Director Nacional debe ser nombrado, en cuanto sea posible, tres meses antes del vencimiento del mandato del anterior Director Nacional.

Art. 53. Atendiendo a las normas de la Sede Apostólica, como también a las directrices particulares dadas por la Conferencia Episcopal[80], corresponden al Director Nacional los siguientes cometidos:

a) representar a las Obras Misionales Pontificias ante las autoridades tanto religiosas como civiles de la Nación;

b) promover y dirigir las Obras Misionales Pontificias en la Nación, y coordinar su funcionamiento en cada una de las Diócesis, de acuerdo con la Conferencia Episcopal y conforme al espíritu de este Estatuto;

c) presidir de ordinario el Consejo Nacional de las Obras Misionales Pontificias;

d) estimular en el seno del Consejo Nacional la reflexión común y promover actividades de animación, sugiriendo iniciativas a tener en cuenta y orientaciones generales, y coordinando las diversas actividades[81];

e) presentar anualmente una relación pastoral y un informe económico de cada una de las Obras Misionales Pontificias al Consejo Nacional y a la Conferencia Episcopal —a través de la Comisión Episcopal de Misiones—, a la CEP, al Presidente de las Obras Misionales Pontificias y a los Secretariados Generales. El informe económico debe ser normalmente examinado y firmado por un Revisor Público de Cuentas.

Art. 54. El Consejo Nacional de las Obras Misionales Pontificias está compuesto por:

a) el Director nacional;

b) los Secretarios Nacionales de cada una de las Obras;

c) los Directores Diocesanos, o bien algunos Delegados de los Directores Diocesanos cuando el número de éstos sea elevado.

El Consejo Nacional puede formarse también de modo diverso, siempre que estén representados en él, de modo equilibrado, los miembros de los organismos nacionales eclesiásticos y los Delegados Diocesanos[82].

Art. 55. Corresponde al Consejo Nacional:

a) colaborar estrechamente con el Consejo Nacional de Misiones constituido por la Conferencia Episcopal y dirigido por el Presidente de la Comisión Episcopal de Misiones[83];

b) determinar los temas y estudiar la estrategia de la campaña misionera anual y el programa de actividades de las Obras Misionales Pontificias, tanto para la animación como para la organización de las colectas;  

c) recibir y examinar el balance financiero anual presentado por el organismo competente, con los gastos de animación y administración efectuados por la Dirección Nacional y por las Direcciones Diocesanas, según el presupuesto previo establecido.

Art. 56. En cada País, las Obras Misionales Pontificias deben respetar las leyes civiles vigentes, tanto en lo que concierne a su status jurídico dentro del ordenamiento del País, como en el desarrollo de su actividad. La Dirección Nacional, a través del Consejo de Administración o de otro ente de gobierno, cuidará que las Obras Misionales Pontificias sean reconocidas como «Asociaciones sin afán de lucro» o como «Fundaciones».

Art. 57. El Consejo Nacional, de acuerdo con la Conferencia Episcopal y previo informe del Consejo Superior de las Obras Misionales Pontificias, deberá elaborar un Estatuto o Reglamento Interno para la organización del propio trabajo y para la actividad específica de cada una de las Obras, en conformidad con este Estatuto. Deberá ser examinado y aprobado por el Comité Supremo (cf. Arts 45; 31 d).

Art. 58. Dado el carácter episcopal de las Obras Misionales Pontificias y su servicio eclesial, el Consejo Nacional debe actuar de modo que sus actividades se integren en el conjunto de la pastoral misionera diocesana y nacional, a fin de asegurar la unidad y el desarrollo armónico. Aun conservando su propia identidad, las Obras Misionales Pontificias no deben actuar al margen de la vida pastoral de las Diócesis y crear estructuras paralelas. Deben observar las orientaciones generales dadas por la Comisión Episcopal de Misiones[84].

Donde exista el Consejo Nacional de Misiones, las Obras Misionales Pontificias estarán representadas en él en atención a su finalidad y al hecho de que en la tarea de animación misionera «el cometido primario corresponde a las Obras Misionales Pontificias»[85].

Art. 59. Corresponde al Presidente de la Comisión Episcopal de Misiones o a la persona delegada por la Conferencia Episcopal para esta materia, promover y patrocinar las Obras Misionales Pontificias: «Se debe reconocer y asegurar realmente a las Obras Misionales Pontificias la función de instrumento oficial de la Iglesia Universal que les compete por constitución en el país y en las diócesis»[86]. «Es conveniente que se invite al Presidente de la Comisión Episcopal a los encuentros nacionales anuales de las Obras Misionales Pontificias, de modo que pueda seguir de cerca sus actividades, tanto en las fases de programación como en las de revisión»[87]. Por otra parte es deseable que «el Director Nacional sea hecho partícipe de las deliberaciones y de las iniciativas misioneras de la Comisión Episcopal. De este modo podrá desarrollar con más facilidad su tarea en unidad de espíritu y de propósitos con las directrices y las opciones operativas de los Pastores y de la Iglesia local. Conviene que el Director Nacional se asocie a la Comisión Episcopal del modo más eficaz posible»[88].

«Una forma concreta consiste en nombrar al Director Nacional como secretario de la Comisión Episcopal de Misiones»[89]

Art. 60. En cada Diócesis, el Obispo, preferiblemente después de haber oído al Director Nacional, nombrará un Director Diocesano de las Obras Misionales Pontificias que, si es posible, sea único para las cuatro Obras Misionales Pontificias. Es conveniente que sea nombrado por un período de cinco años; su mandato es renovable. Es también deseable que el Director Diocesano sea a la vez el Delegado Episcopal de Misiones[90]. En el caso de que el Ordinario nombrase un Delegado Episcopal distinto, éste ha de ofrecer el más amplio apoyo al Director Diocesano en el desarrollo de su cometido[91]. Conviene que el Director Diocesano sea también miembro del Consejo Pastoral Diocesano y, asistido por sus colaboradores, el está al servicio del Obispo para ayudarle a dar una dimensión misionera universal a la pastoral diocesana[92].


Capítulo 4: LAS OFRENDAS DE LOS FIELES A LAS OBRAS MISIONALES PONTIFICIAS

Art. 61. Todas las ofrendas recogidas por las Obras Misionales Pontificias en todas las parroquias y Diócesis de todos los Ritos en el mundo, constituyen un Fondo de Solidaridad para dar vida a un programa de ayuda universal. Su finalidad es la ayuda económica a las Iglesias en Territorio de Misión en sus esfuerzos de evangelización, de desarrollo eclesial y social así como también de educación y asistencia. Ello es signo de la unidad de fe, de amor y de justicia que une en el mundo a todos los miembros de la Iglesia y a todas las Iglesias particulares en la comunión de la Iglesia universal, dado que a ello contribuyen todos los fieles de todas las Iglesias en todos los rincones del mundo.

Art. 62. Las ofrendas de los fieles recogidas por las Obras Misionales Pontificias en las Diócesis para la misión universal deben ser íntegra y puntualmente transmitidas a la Dirección Nacional. Estas ofrendas, recogidas para la misión ad gentes en la Jornada Mundial de las Misiones «en todas las diócesis, parroquias e institutos del orbe católico»[93], o en otras ocasiones especiales, no pueden ser destinadas a otros fines diversos[94].

Art. 63. La distribución de las ofrendas recogidas por las Obras Misionales Pontificias es prerrogativa exclusiva de las Secretariados Generales. Es función suya, con la colaboración de los Directores Nacionales, poner todas las ayudas recibidas durante el año a disposición de los responsables de los proyectos aprobados por el Consejo Superior. Sólo un porcentaje de las ofrendas recogidas puede ser retenido por las Direcciones Nacionales para la actividad de animación y administración. Dicho porcentaje, determinado por el Consejo Superior, se entiende también destinado a hacer frente a las eventuales carencias de los fondos necesarios para la actividad de las Direcciones Nacionales de los Países más desfavorecidos.

En los informes económicos anuales, los gastos destinados a la animación misionera deben registrarse separadamente de los destinados a la administración.

Art. 64. «Las ofrendas hechas por los fieles para un fin determinado sólo pueden destinarse a ese fin»[95]. Todos aquellos que reciban fondos de las OBRAS MISIONALES PONTIFICIAS, deben usarlos exclusiva y totalmente para el proyecto específico para el cual han sido destinados y presentar después un informe a los Secretariados Generales que los han asignado.

 

Este ESTATUTO, debidamente puesto al día siguiendo las disposiciones dadas por el Papa Juan Pablo II el 26 de junio de 1980, y que a tenor de dichas disposiciones, puede ser ulteriormente puesto al día cada cinco años,

Fue ratificado y rubricado por:

Eminentísimo Cardenal CRESCENZIO SEPE, 
Prefecto de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos

Lyon, 6 de mayo de 2005

 


[1] Concilio Ecuménico Vaticano II, Decr. Ad Gentes, 2.

[2] Cfr Mc 3,14-15.

[3] Pablo VI, Enc. Evangelii Nuntiandi, 27.

[4] Juan Pablo II, Carta Encíclica Redemptoris Missio, 92.

[5] Redemptoris Missio, 2.

[6] Redemptoris Missio, 2.

[7] Redemptoris Missio, 64.

[8] Redemptoris Missio, 37 c.

[9] Cfr Redemptoris Missio, 37.

[10] Jn 20, 21.

[11] Congregación para la Evangelización de los Pueblos (CEP), Instrucción Cooperatio Missionalis, 1.X.1998, n. 2.

[12] Cooperatio Missionalis, 2.

[13] Ad Gentes, 29.

[14] Juan Pablo II, Constitución Apóstolica Pastor Bonus, 91.

[15] Ad Gentes, 38.

[16] Redemptoris Missio, 84.

[17] Cfr 2Cor 5, 14.

[18] Christiani J. Servel, Marie-Pauline Jaricot, Editions du Chalet, Lyon 1964, p. 39.

[19] Cfr Redemptoris Missio, 82.

[20] Cooperatio Missionalis, 5; CIC, c. 791,2°.

[21] Cfr Pastor Bonus, 91.

[22] Ad Gentes, 38.

[23] Ad Gentes, 38.

[24] Pablo VI, Carta al Cardenal Alessandro Renard, Arzobispo de Lyon, con ocasión del Congreso Misionero Internacional, 22 de octubre de 1972.

[25] Redemptoris Missio, 81.

[26] Cfr Concilio Ecuménico Vaticano II, Decr. Presbyterorum Ordinis, 10.

[27] Concilio Ecuménico Vaticano II, Decreto Christus Dominus, 6, 11.

[28] Cfr Pastor Bonus, 85, 91.

[29] Pablo VI, Mensaje para la Jornada Mundial de las Misiones de 1968; Cooperatio Missionalis, 4.

[30] Cfr Redemptoris Missio, 84.

[31] Cfr Cooperatio Missionalis, 6.

[32] Redemptoris Missio, 58.

[33] Cfr Redemptoris Missio, 85.

[34] Cfr Ad Gentes, 36.

[35] Cfr Redemptoris Missio, 79.

[36] Cfr Redemptoris Missio, 82.

[37] Redemptoris Missio, 84.

[38] Cfr Ad Gentes, 29; Pastor Bonus, 91.

[39] Cfr Pastor Bonus, 85.

[40] Cooperatio Missionalis, 6.

[41] Cfr CIC, cc. 211 y 781; Redemptoris Missio, 71; Cooperatio Missionalis, 2.

[42] CIC, c. 225.

[43] Concilio Ecuménico Vaticano II Constitución Dogmática Lumen Gentium, 17, 33; Decreto Apostolicam Actuositatem, 6, 13; Ad Gentes, 35-36, 41; Exhortación Apostólica Post-Sinodal Christifideles Laici, 35.

[44] Cfr Cooperatio Missionalis, 4.

[45] Cfr Redemptoris Missio, 78.

[46] Cfr Ad Gentes, 35; Redemptoris Missio, 77.

[47] Cfr Redemptoris Missio, 83.

[48] Cfr Redemptoris Missio, 84; Cooperatio Missionalis, 4.

[49] Cfr Redemptoris Missio, 79, 83, 84.

[50] Cfr Redemptoris Missio, 80, 83.

[51] Cfr Christus Dominus, 6; Ad Gentes, 38.

[52] Cfr Sagrada Congregación de Ritos, Rescripto del 14 de abril de 1926.

[53] Cfr Ad Gentes, 36; CIC, c. 791,3°; Redemptoris Missio, 81.

[54] Cfr Pablo VI, Motu Proprio Ecclesiae Sanctae, III, 3.

[55] Mt 9, 38.

[56] Cfr Cooperatio Missionalis, 4.

[57] Cfr Cooperatio Missionalis, 4.

[58] Ad Gentes, 2.

[59] Cfr Cooperatio Missionalis, 4.

[60] Pablo VI, Carta Apostólica Graves et Increscentes, 5 de septiembre de 1966.

[61] Cfr Cooperatio Missionalis, 9.

[62] Cfr Ad Gentes, 5, 6.

[63] Cfr CIC, c. 756 § 1.

[64] Cfr CIC, c. 756 § 2.

[65] Ad Gentes, 29; cfr también Pastor Bonus, 85; Redemptoris Missio, 75.

[66] Pastor Bonus, 91.

[67] Cfr Redemptoris Missio, 76, 83; Cooperatio Missionalis, 3.

[68] Cfr Ad Gentes, 38.

[69] Pío XI, Motu Proprio Decessor Noster, 24 de junio de1929, n. V.

[70] Cfr Ad Gentes, 29.

[71] Cfr Cooperatio Missionalis, 6.

[72] Cfr Redemptoris Missio, 76.

[73] Cooperatio Missionalis, 6.

[74] Cfr CIC, c. 459.

[75] Redemptoris Missio, 1.

[76] Cooperatio Missionalis, 2.

[77] Cfr Ad Gentes 38; Cooperatio Missionalis, 15.

[78] Cfr Cooperatio Missionalis, 7.

[79] Cooperatio Missionalis, 7.

[80] Cfr Cooperatio Missionalis, 8.

[81] Cfr Cooperatio Missionalis, 8.

[82] Cfr Cooperatio Missionalis, 12.

[83] Cfr Cooperatio Missionalis, 12.

[84] Cfr Cooperatio Missionalis, 6, 12, 13 b, c, e.

[85] Redemptoris Missio, 84; cfr también Ad Gentes, 38; Cooperatio Missionalis, 12.

[86] Cooperatio Missionalis, 13 c.

[87] Cooperatio Missionalis, 13 f.

[88] Cooperatio Missionalis, 13 g.

[89] Cooperatio Missionalis, 14 b.

[90] Cfr CIC, c. 791,2°.

[91] Cfr Cooperatio Missionalis, 9.

[92] Cfr CIC, c. 791,2°.

[93] Cfr Juan Pablo II, Mensaje para la Jornada Mundia de las Misiones, 21 de octubre de 2001, 75º Aniversario de la Jornada Mundial de las Misiones.

[94] Cfr CIC, c. 1267 § 3; Cooperatio Missionalis, 8, 13 d.

[95] CIC, c. 1267 § 3; 791,4°.

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